DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2017

Fecha: 25-Sep-2017

ARTÍCULO 190.- Reforma de la Carta Orgánica Municipal.

III.  La reforma total o parcial, deberá encaminarse a través de una Asamblea Autonómica Municipal con representación del total de organizaciones e instituciones representativas del Municipio, elegidas democráticamente bajo el enfoque de equidad de género y generacional, y en cumplimiento a los requisitos exigidos en la normativa a emitirse para tal efecto.

IV.   La reforma total o parcial de la Carta Orgánica Municipal requiere la aprobación de dos tercios (2/3) del total de los miembros del Órgano Legislativo, se sujetarán al control de constitucionalidad a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional, para posteriormente ser sometido a referendo para su aprobación”.