DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2017

Fecha: 25-Sep-2017

debe declararse la incompatibilidad constitucional de la frase: ‘…la presente Carta Orgánica, las leyes y demás normativa’, inserta en el texto del punto primero del art. 23 del proyecto

Ahora bien, la línea primigenia sobre esta temática surge en la DCP 0001/2013, que estableció la imposibilidad de emplear en las disposiciones de las cartas orgánicas la frase: ‘se reconoce’ en referencia a los derechos que se encuentran en la Constitución Política del Estado, esa línea se mantiene uniforme; sin embargo y con referencia al caso concreto, las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0021/2015 de 16 de enero y 0101/2015 de 8 de abril, se apartaron de la línea jurisprudencial y declararon la compatibilidad constitucional de disposiciones que establecían que los derechos humanos y de la madre tierra se encuentran reconocidos en la carta orgánica, las leyes y otras normas; por tal motivo, el presente Fallo, reafirma la línea uniforme de este Tribunal Constitucional Plurinacional sobre disposiciones de similar contenido; consiguientemente, debe declararse la incompatibilidad constitucional de la frase: ‘…la presente Carta Orgánica, las leyes y demás normativa’, inserta en el texto del punto primero del art. 23 del proyecto en estudio.