DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2018

Fecha: 29-Ago-2018

Artículo 31. Atribuciones del Concejo Municipal. Son atribuciones del Concejo Municipal

3.   Elaborar, modificar y revisar el Reglamento Interno del Concejo Municipal, aprobándolo mediante Ley Municipal. El reglamento interno debe contener obligatoriamente el procedimiento de transición para la finalización de la gestión, incluyendo la mención de la documentación a ser entregada a las nuevas autoridades por el gobierno saliente.

31. Aprobar mediante Resolución interna el presupuesto del Concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de los Concejales, Alcalde Municipal y Administración Municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; así como la escala de viáticos del Presidente del Concejo y del Alcalde Municipal, en función con lo establecido en la presente Carta Orgánica, las leyes del nivel central del Estado y en base a la capacidad económica del Municipio, para su consolidación en el presupuesto municipal.