DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2018

Fecha: 29-Ago-2018

cuya existencia es anterior a la invasión

En dicho escenario, cabe señalar que, si bien es evidente que las NPIOC cuentan con sus respectivas organizaciones sociales; empero, no toda organización social representa a las NPIOC; toda vez que, organización social implica el ejercicio del derecho a la libre asociación para toda persona, de acuerdo al art. 21.4 de la CPE; en tanto que la NPIOC, de acuerdo a lo que establece el art. 30.I de la CPE, es: “…toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española” (las negrillas y el subrayado nos corresponden). Consiguientemente los textos modificados del ahora art. 73 numerales 1 y 3 del proyecto de norma básica institucional sometido a control previo de constitucionalidad, se encuentran acorde a los derechos colectivos desarrollados en el art. 30.II numerales 4, 10, 15 y 16 y 302.I.41 ambos de la CPE.