DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2018

Fecha: 29-Ago-2018

Artículo 39. Suplencias

II.  En caso de renuncia, muerte, inhabilidad permanente del mandato del Alcalde, se procederá a una nueva elección, siempre y cuando no hubiera transcurrido la mitad de su mandato. En caso contrario, si ya hubiera transcurrido la mitad de su mandato la sustituta o sustituto será elegida o elegido de entre las y los concejales en ejercicio”.