ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 151/2021. DIVERSOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. 3 DE FEBRERO DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIOS: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES, ALEJANDRO CAS
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 151/2021. DIVERSOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. 3 DE FEBRERO DE 2022. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIOS: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES, ALEJANDRO CAS

Fecha: 02-Sep-2022

En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá apartándose de los párrafos ciento cuarenta y seis y ciento cuarenta y siete del proyecto, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado IX, relativo al estudio de fondo de la cuestión C, denominada "Definición de la ‘pérdida de la confianza’", consistente en reconocer la validez de los artículos 5, en su porción normativa "a partir de la pérdida de la confianza", 11, párrafo tercero, fracción II, en su porción normativa "por pérdida de la confianza", 19, fracción V, en su porción normativa "por pérdida de la confianza" y 36, fracción IV, inciso a), en su porción normativa "por pérdida de la confianza", de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada en el Diario Oficial de la Federación el catorce de septiembre de dos mil veintiuno. Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf apartándose de algunas consideraciones y por razones distintas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de algunas consideraciones, respecto del apartado VIII, relativo al estudio de fondo de la cuestión B, denominada "Recopilación de firmas", consistente en reconocer la validez de los artículos 13, párrafo primero, en su porción normativa "En el ejercicio de su derecho político a participar directamente en la evaluación de la gestión del Ejecutivo Federal, las ciudadanas y los ciudadanos podrán llevar a cabo actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano para la obtención de las firmas necesarias" y 14, párrafo primero, de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada en el Diario Oficial de la Federación el catorce de septiembre de dos mil veintiuno.

Se aprobó por mayoría de ocho votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado X, relativo al estudio de fondo de la cuestión D, denominada "Participación activa de los partidos políticos e integración de las mesas de casilla", consistente en reconocer la validez del artículo 41, párrafo último, de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada en el Diario Oficial de la Federación el catorce de septiembre de dos mil veintiuno. La señora Ministra y los señores Ministros Aguilar Morales, Pardo Rebolledo y Piña Hernández votaron en contra.

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena apartándose de las consideraciones, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales con salvedades, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat con matices, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VII, relativo al estudio de fondo de la cuestión A, denominada "Pregunta que modifica la figura de la revocación de mandato", consistente en reconocer la validez del artículo 42 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada en el Diario Oficial de la Federación el catorce de septiembre de dos mil veintiuno.

Se aprobó por unanimidad de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa apartándose de los párrafos trescientos siete y del trescientos veintiséis al trescientos veintiocho del proyecto, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández con consideraciones adicionales, Laynez Potisek, Pérez Dayán con razones adicionales y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado XIII, relativo al estudio de fondo de la cuestión G, denominada "Omisión legislativa: previsión presupuestal", consistente en reconocer la validez de los artículos transitorios cuarto, salvo su porción normativa "por lo que hará los ajustes presupuestales que fueren necesarios" y quinto de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada en el Diario Oficial de la Federación el catorce de septiembre de dos mil veintiuno.

Se aprobó por mayoría de seis votos de las señoras Ministras Esquivel Mossa apartándose de los párrafos trescientos siete y del trescientos veintiséis al trescientos veintiocho del proyecto y Ortiz Ahlf y de los señores Ministros Pardo Rebolledo, Laynez Potisek, Pérez Dayán con razones adicionales y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado XIII, relativo al estudio de fondo de la cuestión G, denominada "Omisión legislativa: previsión presupuestal", consistente en reconocer la validez del artículo transitorio cuarto, en su porción normativa "por lo que hará los ajustes presupuestales que fueren necesarios", de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada en el Diario Oficial de la Federación el catorce de septiembre de dos mil veintiuno. La señora Ministra y los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Aguilar Morales y Piña Hernández votaron en contra. La señora Ministra y los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá y Piña Hernández anunciaron sendos votos particulares.