DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015

Fecha: 20-Feb-2015

8.

8.  Las concejalas o los concejales y la Alcaldesa o el Alcalde, podrán presentar proyectos de leyes, ordenanzas y resoluciones, con la debida fundamentación verbal o escrita, en el seno de la comisión respectiva. Su presentación ante el pleno se realizara en forma escrita con la debida fundamentación técnica y jurídica y será leído por la o el concejal secretario.

8.  El Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe, efectuará el seguimiento y control para que los medios de comunicación cumplan con los requerimientos mínimos en cuanto a su infraestructura y contenido programático, según la regulación establecida por la Autoridad de Telecomunicaciones y Transporte.

8.  Generación de políticas orientadas al desarrollo productivo, a partir de la creación y consolidación de asociaciones productivas comunitarias, incentivando el manejo y conservación de suelos, infraestructura, mercado, y transformación de productos agropecuarios con enfoque auto sostenible, en coordinación con la Gobernación departamental y el Gobierno central.