DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015

Fecha: 20-Feb-2015

Sobre el parágrafo III.

Se establece que, ante la renuncia de la autoridad ejecutiva del municipio, se procederá a una nueva elección, aspecto que no condice con la previsión constitucional señalada en el art. 286.II de la CPE, pues a causa de la renuncia únicamente se podrá proceder a una nueva elección cuando no haya transcurrido la mitad del mandato previsto. Por ello, la última parte del artículo en examen identificada como: “…Su renuncia, supone la elección de una nueva autoridad edil mediante otro proceso electoral”, es incompatible con la Constitución Política del Estado.