DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015

Fecha: 20-Feb-2015

iv.

iv.  Cuarto nivel. Que involucra toda la normatividad de carácter administrativo y reglamentario, al incluir en este rango a “Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes” (num. 4 del 410.II de la CPE), y al que aplica todo el desarrollo teórico desglosado por el tercer nivel.

IV.     No podrá ejercer la concejalía quien tenga sentencia condenatoria ejecutoriada o pena privativa de libertad, pliego de cargo ejecutoriado, sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado, o esté comprendido en los casos de exclusión o incompatibilidad establecidos por ley.

IV.   No podrá ejercer la concejalía quien tenga sentencia condenatoria ejecutoriada o pena privativa de libertad, pliego de cargo ejecutoriado, sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado, o esté comprendido en los casos de exclusión o incompatibilidad establecidos por ley.

IV.    Las concejalas y los concejales, sus cónyuges o sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, no podrán ser miembros de los directorios de las empresas municipales, a excepción de la Alcaldesa o el Alcalde que ejercerá la Presidencia. Los parientes consanguíneos o por afinidad de la autoridad ejecutiva en los mismos grados de las concejalas y los concejales, no podrán ser miembros del directorio, ni regentar las empresas municipales.

IV.   El Gobierno municipal elaborará el presupuesto institucional, considerando la integralidad y articulación de los procesos de planificación, programación, inversión y presupuesto, incorporando los mecanismos de participación y control social, en el marco de la transparencia fiscal y equidad de género.

IV.   El Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe, establecerá la Defensoría de la Niñez y Adolescencia como servicio municipal gratuito de protección y defensa socio-jurídica e instancia promotora que vela por la protección y el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, desconcentrando sus funciones en oficinas distritales o regionales, de acuerdo con la densidad poblacional de su territorio.