DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015

Fecha: 20-Feb-2015

Sobre el numeral 15.

Resulta una contradicción que la COM, establezca una obligación dirigida a las NPIOC, de acuerdo a sus “usos y costumbres”; desconociendo su libre determinación y el ejercicio de sus propios sistemas (art. 30.II nums. 4 y 14 de la CPE). Resultando que, no es competencia de la COM establecer aquel tipo de imposiciones; razón por la que, corresponde declarar la incompatibilidad del apartado examinado con la Ley Fundamental.