DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015

Fecha: 20-Feb-2015

VIII.

VIII. Conflicto de intereses, cuando los intereses del municipio estuvieran en contraposición con los de la autoridad ejecutiva, su cónyuge o sus parientes (hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad), no podrán anteponer sus intereses privados a los intereses públicos, bajo sanciones de ley, previo proceso interno.