DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2015

Fecha: 20-Feb-2015

b) Competencias exclusivas. ‘

Por último, debe entenderse lo que conllevan las competencias exclusivas previstas en la CPE, dentro del régimen autonómico; en ese sentido, entre sus fundamentos jurídicos, la SCP 2055/2012 de 16 de octubre citando la SCP 1714/2012 estableció lo siguiente: “b) Competencias exclusivas. ‘Aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre una determinada materia las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva, pudiendo transferir y delegar estas dos últimas’.