DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2016

Fecha: 01-Dic-2016

con el Estado

Los numerales 2 y 3 del art. 89 estudiado se analizan conjuntamente debido a que contienen idénticos vicios de inconstitucionalidad y conforme con los argumentos de incompatibilidad del art. 54.II y 80.II del proyecto de Carta Orgánica Municipal, reiterando al respecto, debemos adicionar que el art. 239 de la CPE, establece con precisión las incompatibilidades sobre actos a las que pudieran incurrir los servidores públicos con el Estado y no solamente en correspondencia a las acciones que tengan vinculación en este caso con el Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua.