DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2016

Fecha: 01-Dic-2016

La ley establecerá el marco general para el ejercicio del control social

Al respecto el art. 241 de la CPE, dispone que: “I. El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas”. En esa misma línea el parágrafo IV del mismo artículo establece que: “La ley establecerá el marco general para el ejercicio del control social”; “V. La sociedad civil se organizará para definir la estructura y composición de la participación y control social” (las negrillas son agregadas). En ese marco constitucional la titularidad de la organización del derecho de participación y control social, corresponde a la sociedad civil organizada, independiente de los órganos e instituciones gubernamentales, en correspondencia a la ley del nivel central del Estado sobre la materia.