DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTICULO 161º (SERVICIO DE GAS DOMICILIARIO).-

ARTICULO 161º (SERVICIO DE GAS DOMICILIARIO).- El Gobierno Autónomo Municipal de Collana Norte gestionara la construcción y ampliación de redes de gas domiciliarios a todas las comunidades y centros poblados de su jurisdicción de modo garantizar progresivamente, el acceso territorial, económico y físico a tal fuente de energía para el abastecimiento doméstico e industrial de toda población del municipio.

ARTICULO 161º (SERVICIO DE GAS DOMICILIARIO).- El Gobierno Autónomo Municipal de Collana Norte gestionara la construcción y ampliación de redes de gas domiciliarios a todas las comunidades y centros poblados de su jurisdicción de modo garantizar progresivamente, el acceso territorial, económico y físico a tal fuente de energía para el abastecimiento doméstico e industrial de toda población del municipio”.