DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2016

Fecha: 10-Ago-2016

libre determinación

Otro vicio de incompatibilidad en el artículo analizado, es la pretensión del estatuyente de arrogar para su ETA, una autonomía municipal con libre determinación, derecho consagrado de acuerdo al art. 289 de la CPE, únicamente a la autonomía indígena en los siguientes términos: “La autonomía indígena originaria campesina consiste en el autogobierno como ejercicio de la libre determinación de las naciones y los pueblos indígena originario campesinos, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias”, derecho del que no goza la autonomía municipal.