Artículo 112. Distritos municipales.

I. Los distritos municipales del municipio de Cliza, son unidades administrativas dependientes del Gobierno municipal, integradas territorialmente, y a las cuales deben adecuarse los servicios públicos. Funcionan como categorías de agregación para la planificación participativa, en las cuales se pueden elaborar planes de desarrollo distrital y ejercer la administración desconcentrada.