Artículo 25. Atribuciones del Concejo y de la directiva

6. Elaborar, modificar y revisar el reglamento interno del Concejo municipal, el reglamento interno, además de los aspectos generales, debe contener  obligatoria el procedimiento de transición al finalizar la gestión, incluyendo la mención de la documentación a ser entregada a las nuevas autoridades por el gobierno saliente.

19. Fiscalizar las labores del Ejecutivo municipal y, en su caso, disponer su procesamiento interno por responsabilidad administrativa; sancionarlo en caso de existir responsabilidad ejecutiva y remitir obrados a la justicia ordinaria en los casos de responsabilidad civil o penal, constituyéndose en esta última situación en parte querellante.

26. Aprobar, mediante resolución interna, el presupuesto del Concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de los concejales, Alcalde o Alcaldesa y administración municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo, así como la escala de viáticos en función a la capacidad económica del municipio, para su consolidación en el presupuesto municipal.