excluido indebidamente

Sobre la adecuación del art. 31 anteriormente 32, se advierte que el estatuyente, desacatando la parte resolutiva de la DCP 0204/2015, ha excluido indebidamente numerales que fueron declarados compatibles, consecuentemente deberá ser corregido a tiempo de su adecuación. De un total de 34 numerales, 13 fueron observados, 21 declarados compatibles no obstante  suprimidos indebidamente, 3 suprimidos de forma correcta y 10 adecuados sobre los cuales se procederá a un nuevo control previo de constitucionalidad, mismo que al margen del resultado del control previo test de constitucionalidad, deben ser ordenados correlativamente al momento de la reinserción de los numerales excluidos por el estatuyente.