DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2018

Fecha: 12-Dic-2018

órganos legislativo, Ejecutivo

Así también, considerando lo dispuesto por el art. 12.I de la Norma Suprema que establece: “El Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos” (las negrillas fueron agregadas), dicha disposición constitucional resulta aplicable a todos los niveles de gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, en cuyo mérito las entidades territoriales autónomas municipales se componen por un órgano ejecutivo y un órgano legislativo –arts. 283 y 285 al 288 de la CPE– ambos de igual rango y regidos por el principio de separación, independencia, cooperación y coordinación; sin embargo, la previsión observada, vulnera el principio de independencia y separación de órganos, toda vez que, se pretende que sea el legislativo Municipal, el órgano que emita normas como el decreto municipal, Decreto Edil y resoluciones administrativas municipales, que por el alcance citado en el parágrafo observado corresponden su emisión al Ejecutivo municipal para el ejercicio de las facultades asignadas por la Norma Suprema.