DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Respecto al numeral 23; ahora 21

La DCP 0156/2016, declaró la incompatibilidad de la frase: “para la aprobación del Concejo Municipal”, entendiendo que al ser un Órgano –Ejecutivo– con distintas facultades a las del Concejo Municipal, no se puede pretender que sea dicho ente deliberativo quien apruebe los manuales de organización, funciones y procedimientos de la MAE del Gobierno Autónomo Municipal de Ayo Ayo del departamento de La Paz, situación que vulnera el art. 283 de la CPE.

En el marco de las observaciones efectuadas por la Declaración Constitucional Plurinacional citada precedentemente, el estatuyente de Ayo Ayo modificó, la disposición observada, de tal forma que, en el marco del principio de independencia y separación de órganos (art. 12.I de la CPE), el Ejecutivo Municipal elaborará la estructura orgánica, manual de funciones y procedimientos, para el ejercicio de las facultades reglamentaria y ejecutiva, que mediante la Norma Suprema le fueron atribuidas a dicho Órgano (art. 283 de la CPE).