SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021

Fecha: 17-Mar-2021

mediante la aplicación de la diplomacia de los pueblos por la vida, en beneficio de las y los bolivianos

[68] Dicho precepto, a la letra señala: “El Ministerio de Relaciones Exteriores constituye la entidad rectora de las relaciones internacionales del Estado Plurinacional que desarrolla la gestión de la política exterior para la defensa de su soberanía, independencia e intereses, mediante la aplicación de la diplomacia de los pueblos por la vida, en beneficio de las y los bolivianos” (las negrillas fueron añadidas).

[71] El art. 40.I de la Ley 465, establece que son servidoras y servidores públicos del Ministerio, toda persona que independientemente de su jerarquía, naturaleza y fuente de remuneración o retribución económica, desempeñe funciones públicas bajo relación de dependencia con las autoridades jerárquicas del rubro.

[72] Se encuentra regulado en la Declaración Americana y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como, en otros instrumentos internacionales de alcance regional y/o universal, tales como: la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención de Belém do Pará y el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 1950. En consecuencia, es una obligación de los Estados partes y/o adherentes su reconocimiento y no vulneración como garantía del debido proceso.