SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021

Fecha: 17-Mar-2021

Sobre la vulneración de los arts. 8 y 14 de la Constitución Política del Estado

Ahora bien, conforme se precisó al inicio del presente apartado, el accionante además de realizar un cuestionamiento expreso sobre la irracionalidad de la norma contenida en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 465 ‒además de la norma reglamentaria, constitutiva del DS 4240, alegando que la misma no es coherente “con el propósito del legislador” (sic) el cual sería “organizar e implementar el nuevo Servicio de Relaciones Exteriores” (sic), cuando únicamente establece como destinatarios o beneficiarios del objeto de la ley a las servidoras o servidores que “actualmente” se encuentran cumpliendo funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores, sin considerar a quienes “habiendo cumplido con las formas de ingreso, no ejercitan actualmente funciones como servidores públicos dentro de la precitada cartera de Estado” (sic), o a quienes desempeñaron “funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores desde la promulgación de la Ley N° 465”, expuso también, que la aludida no consideración de quienes “habiendo cumplido con las formas de ingreso, no ejercitan actualmente funciones como servidores públicos dentro de la precitada cartera de Estado” (sic), o a quienes desempeñaron “funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores desde la promulgación de la Ley N° 465”, seria lesiva de los arts. 8 y 14 de la CPE, que establecen el principio de igualdad como derecho subjetivo y que implica la prohibición de cualquier tipo de discriminación.