SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021

Fecha: 17-Mar-2021

se puede afirmar que la administración habrá dejado pasar el “momento oportuno” si la omisión de la norma administrativa ha ocasionado daños y perjuicios a sus futuros destinatarios

El Gobierno habrá incumplido la obligación que de dictar la correspondiente norma administrativa tiene, en aquellos supuestos en que haya dejado pasar «el momento oportuno» ocasionando una dilación indebida más allá de lo previsible o tolerable. Y se puede afirmar que la administración habrá dejado pasar el “momento oportuno” si la omisión de la norma administrativa ha ocasionado daños y perjuicios a sus futuros destinatarios[55] (el resaltado nos pertenece).