DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021

Fecha: 17-May-2021

de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales

En ese sentido, en el nuevo modelo de Estado con autonomías, donde las funciones del mismo se mueven en el marco de un orden competencial distribuido desde la Norma Suprema -asignación primaria- y desde la ley del nivel central del Estado -asignación secundaria-, las relaciones normativas no se rigen únicamente bajo el principio de jerarquía, sino también en el marco del principio competencial, tal como se puede entender de la última parte del art. 410.II de la CPE, que señala: “…La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales:” (las negrillas son nuestras); es decir, cuando existe alguna colisión normativa al interior de un subsistema normativo -intrasistemico-, es posible resolverlo en el marco del principio de jerarquía; sin embargo, cuando la colisión se presenta entre dos normas de diferentes niveles -intersistemico-, se debe resolver en el marco del principio competencial; en razón a que, esta es la relación regulatoria que se constituye y es en ese ámbito que debe ser tratada; una aplicación en contrario desconocería el modelo de Estado con autonomías establecido en el art. 1 de la Norma Suprema.

Consiguientemente, el principio de jerarquía únicamente rige en el relacionamiento entre normas de un mismo nivel de gobierno; lo cual, no ocurre tratándose de normas que pertenecen a distintos niveles de gobierno, como pretende establecerse en el art. 2 del proyecto de COM en estudio; pues en ese escenario opera el principio de competencia.