DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021

Fecha: 17-May-2021

Un primer supuesto

Cabe señalar que, el instituto de la elección de un suplente para determinados cargos, tiene por objeto cubrir los vacíos de autoridad por impedimento del titular; en ese sentido, se pueden presentar supuestos en los que el suplente puede asumir funciones. Un primer supuesto, relacionado con la ausencia circunstancial del titular, situación en la cual, el suplente podrá asumir las tareas del titular, pero de manera provisional y efímera, mientras dure el impedimento, sin adquirir la titularidad como se pretende en el precepto que se analiza; toda vez que, a diferencia de la cesación de mandato, existe una autoridad titular circunstancialmente impedida de ejercer funciones, quien una vez superado dicho impedimento, sin necesidad de trámite volverá al desempeño de las labores para las que fue electo, sin que el suplente pueda plantear oposición a dicha reincorporación.