DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021

Fecha: 17-May-2021

de acuerdo a los procedimientos

Por otro lado, es preciso referirse a la competencia exclusiva asignada al nivel municipal por el art. 302.I.1 de la CPE, “Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta  Constitución y la Ley” (negrillas agregadas); como se puede advertir, esta competencia atribuye a los concejos municipales la elaboración de las normas institucionales básicas, en el marco de los procedimientos dispuestos tanto por la Constitución Política del Estado como por la ley; en ese sentido, respecto a la ley que regule el señalado procedimiento, el art. 271.I de Norma Suprema en su primera parte, establece que: “La Ley Marco de Autonomías y Descentralización regulará el procedimiento para la elaboración de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas…”; de manera que la observancia a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización alcanza de manera estricta al proceso de elaboración de la COM -carácter procesal-, y no así al contenido de la norma institucional básica.