DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021

Fecha: 17-May-2021

Respecto al numeral 29

Por su parte, el art. 297.I.4 constitucional, define a las competencias compartidas como “… aquellas sujetas a una legislación básica de la Asamblea Legislativa Plurinacional cuya legislación de desarrollo corresponde a las entidades territoriales autónomas, de acuerdo a su característica y naturaleza. La reglamentación y ejecución corresponderá a las entidades territoriales autónomas”.

Ahora bien, tratándose de las competencias compartidas, es el nivel central del Estado quien debe emitir la ley básica, mismo que al tener la cualidad de norma base, no es una norma agotada en su desarrollo; lo que quiere decir que, en su contenido contemplará solo la regulación general, debiendo las entidades territoriales autónomas pronunciar la legislación de desarrollo normativo sin apartarse de la ley básica.