DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021

Fecha: 17-May-2021

incompatible

Ahora bien, en el caso concreto, la disposición objeto de análisis establece el ejercicio de la facultad legislativa sobre las competencias concurrentes; aspecto contrario a la naturaleza jurídica de dicha competencia; en razón a que, sobre estas los gobiernos autónomos no tienen habilitado el ejercicio de su facultad legislativa, debiendo únicamente desplegar su facultad reglamentaria y ejecutiva; en ese sentido, la relación normativa es entre la Ley sectorial -nivel central del Estado- que distribuye responsabilidades y la norma reglamentaria desarrollada por el órgano ejecutivo de la ETA -nivel autonómico-; por lo cual, la frase “…y concurrentes…” que figura en el numeral 1 del parágrafo I del art. 28 del proyecto de COM, debe ser declarado incompatible con la Norma Suprema.

En el presente caso, la norma analizada prevé que las sub alcaldías serán creadas por ley municipal, estableciendo la intervención del legislativo municipal en una atribución propia del Órgano ejecutivo -estructura orgánica- soslayando el principio de independencia y separación de Órganos que igualmente rige en el funcionamiento y relacionamiento interno de los gobiernos autónomos; consecuentemente, corresponde que el parágrafo II del art. 43 del proyecto de COM, sea declarado incompatible con la Norma Suprema.