DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Con relación a las demás disposiciones que no han sido declaradas incompatibles

Con relación a las demás disposiciones que no han sido declaradas incompatibles, deberá comprenderse su aplicación en el marco y contexto del art. 302 de la CPE, tomando en cuenta que en la materia y régimen competencial, debe ceñirse estrictamente al alcance dispuesto por el mencionado artículo de la Norma Suprema, lo contrario significaría vulnerar el art. 410 de la Ley Fundamental.

1.   La educación es prioritaria para el Municipio Autónomo de Eucaliptus toda vez que se constituye en la más alta función gubernamental, permitiendo a los ciudadanos potenciar capacidades y habilidades que les permitan acceder en condiciones óptimas al mercado de trabajo, ejercer de forma responsable y plena sus derechos y deberes, y mejorar su calidad de vida en general.