DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2016

Fecha: 01-Dic-2016

pero no de manera directa

Sobre el apoyo municipal al desarrollo productivo la DCP 0035/2014, entendió lo siguiente: “...se concluye que el apoyo municipal al desarrollo productivo en lo financiero debe efectivizarse en acciones del acceso a recursos monetarios pero no de manera directa, sino mediante la creación de inversión o mecanismos de transferencia, u otros mecanismos análogos.

Por otra parte, otorgar al Concejo Municipal la potestad de definir o aprobar transferencia de recursos públicos municipales a las organizaciones económicas productivas excede su ámbito facultativo y podría llegar a dificultar sus labores de fiscalización, pues lo pondría en la posición de juez y parte en relación a la fiscalización sobre los recursos transferidos.

Finalmente, en el contexto desarrollado, la intervención del Concejo Municipal en este tipo de transferencias directas se debe limitar a la regulación de los aspectos institucionales y la determinación de las directrices generales para movilizar la inversión, dando lugar a un procedimiento posterior de carácter técnico a ser ejecutado por el ente a ser creado (art. 302.1.24 de la CPE)" (las negrillas nos pertenecen).