DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016

Fecha: 11-Abr-2016

ARTÍCULO 144.- Seguridad Ciudadana.

I.         El Gobierno Autónomo Municipal, promoverá las políticas de seguridad ciudadana, en el marco de las competencias determinadas por la Constitución Política del Estado y la Ley de Seguridad Ciudadana, regulando y ejecutando planes, programas y proyectos municipales en materia de seguridad ciudadana.

II.       El Gobierno Autónomo Municipal planificará y formulará, de forma participativa, políticas públicas municipales y programas de sensibilización orientadas a la construcción de un municipio seguro, protegido y libre de violencia e inseguridad, estableciendo una política pública municipal de violencia familiar e inseguridad cero.

III.     El Gobierno Autónomo Municipal en coordinación con la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas, implementará el Plan de Seguridad Ciudadana Municipal y adoptará las medidas necesarias para garantizar la seguridad de niños, niñas y adolescentes; jóvenes, hombres, mujeres, personas con discapacidad y personas adultas mayores.