DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Cargo de incompatibilidad constitucional de los incs. e), f) y g)

El ejercicio de la autonomía está circunscrito al ámbito competencial y jurisdiccional; consiguientemente, cualquier regulación que se encuentre al margen de las competencias y de la jurisdicción territorial de la ETA, vulnera el ejercicio de las competencias de otras ETA; en el presente caso, el art. 300.I.14 de la CPE, establece como una competencia exclusiva de los gobiernos autónomos departamentales, los “Servicios de sanidad e inocuidad agropecuaria”, por lo cual, es incompatible cualquier regulación municipal que pretenda regular dicha materia.