DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016

Fecha: 11-Abr-2016

ARTÍCULO 36.-

I.         Los Proyectos de Ley serán presentados por escrito al Concejo Municipal con las formalidades y requisitos, la Presidenta o Presidente del Concejo Municipal ordenará que se distribuya el proyecto a los miembros del Concejo Municipal y se difunda públicamente su extracto, y enviará el proyecto a la Comisión que corresponda, que iniciará su respectivo conocimiento y trámite.