DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Cargo de incompatibilidad constitucional del art. 35.IV

El Concejo Municipal para ejercer su facultad fiscalizadora sobre el Órgano Ejecutivo, utiliza una serie de instrumentos, mecanismos y herramientas que deben ser de cumplimiento por ambos órganos, ello implica que el instrumento normativo que los regule, debe tener un ámbito de vigencia en ambos órganos, ya que los instrumentos internos de cada órgano, por el principio democrático de independencia y separación de órganos, no pueden ser aplicados ni exigibles de cumplimiento en un órgano distinto al cual corresponde.