DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 106/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 106/2017

Fecha: 12-Dic-2017

las naciones y pueblos indígena originario campesinos

El art. 3 de la CPE establece que ’La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano‘, esta disposición, establece la composición plural del Estado y como parte de esa diversidad están las NPIOC, que tienen existencia pre colonial , es decir, anterior al surgimiento del propio Estado boliviano, en todo caso, el Estado surgió sobre los territorios de estas naciones y pueblos; y justamente el carácter integrador y de unidad reflejado en el citado art. 3 de la CPE, hace que estas naciones y pueblos no requieren de un reconocimiento normativo –menos de la carta orgánica– para que el Estado extienda sus funciones para permitir su desarrollo integral respetando sus cosmovisiones.