AMPARO DIRECTO 19/2019. 26 DE MAYO DE 2021. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA Y JUAN LUIS G
Fecha: 26-Nov-2021
Cfr Muir Puig Santiago Op Cit Pp Y
133. Acreditándose que 38 menores de edad y 5 adultos resultaron lesionados, mientras 49 menores de edad fallecieron, por lo cual la magnitud de los daños fue relevante.
134. En cuyo artículo 11.2 señala: "Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito."
135. La Convención Americana Sobre Derechos Humanos, suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969 y publicada en el DOF de 7 de mayo de 1981, en su dispositivo 9o., prevé: "Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello."
136. El artículo 9.1 del citado, publicado en el DOF de 20 de mayo de 1981, establece: "Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta."
137. Requerimientos que en un primer momento están dirigidos al legislador (taxatividad) y en uno ulterior a la autoridad jurisdiccional. Véase la jurisprudencia 1a./J. 10/2006 de esta Sala, de rubro: "EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL. LA GARANTÍA, CONTENIDA EN EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, TAMBIÉN OBLIGA AL LEGISLADOR.". Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, marzo de 2006, página 84, con número de registro digital: 175595.
138. Así se ha pronunciado la Corte Interamericana de Derechos Humanos al resolver, entre otros, los casos Rodríguez Revolorio y otros Vs. Guatemala, Valenzuela Ávila Vs. Guatemala, Fermín Ramírez Vs. Guatemala y Urrutia Laubreaux Vs. Chile.
139. Tal y como lo indicó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 54/2014 (10a.), intitulada: "PRINCIPIO DE LEGALIDAD PENAL EN SU VERTIENTE DE TAXATIVIDAD. ANÁLISIS DEL CONTEXTO EN EL CUAL SE DESENVUELVEN LAS NORMAS PENALES, ASÍ COMO DE SUS POSIBLES DESTINATARIOS.". Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 8, julio de 2014, Tomo I, página 131, con número de registro digital: 2006867.
140. Como lo determinó el Tribunal Pleno al resolver el expediente Varios 912/2010, del que derivó la tesis P. LXIX/2011(9a.), de rubro: "PASOS A SEGUIR EN EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.". Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, diciembre de 2011, Tomo 1, página 552, con número de registro digital: 160525.
141. Consúltese la jurisprudencia P./J. 78/2009 del Tribunal Pleno, intitulada: "DIVISIÓN DE PODERES. EL QUE ESTE PRINCIPIO SEA FLEXIBLE SÓLO SIGNIFICA QUE ENTRE ELLOS EXISTE UNA COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS, PERO NO LOS FACULTA PARA ARROGARSE FACULTADES QUE CORRESPONDEN A OTRO PODER, SINO SOLAMENTE AQUELLOS QUE LA PROPIA CONSTITUCIÓN LES ASIGNA.". Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, julio de 2009, página 1540, con número de registro digital: 166964.
- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad De La Demanda
- Iv Existencia Del Acto Reclamado
- V Procedencia
- Vi Elementos Necesarios Para Resolver
- Por Esa Razón Falta De Inconformidad También Se Confirmaron Las Siguientes Absoluciones
- Respecto Del Quejoso Específicamente Se Concluyó Que Tenía A Su Cargo Los Siguientes Deberes
- Contar Con Detectores De Humo En Óptimas Condiciones De Funcionamiento
- Directrices Y Para La Supervisiónasesoría En Guarderías
- Al Respecto Dice Se Debió Ponderar Lo Siguiente
- Oficio De Seis De Junio De Dos Mil Uno Por El Cual Se Aprobó El Proyecto De La Guardería Abc
- Facturas De Extintores
- Constancias De Los Simulacros Efectuados Durante Dos Mil Siete Y Dos Mil Ocho
- I Había Cuatro Salidas El Día De Los Hechos Sí Se Activaron Las Alarmas
- M Había Detectores De Humo Participó En Simulacros De Incendio
- Algo Similar Debe Suceder Respecto De La Suspensión De Sus Derechos Políticos Y Civiles
- Nuestra Constitución General Obliga A La Adecuada Y Exacta Aplicación De La Ley
- Vii Estudio
- I Observancia Del Debido Proceso
- Al Respecto La Corte Interamericana De Derechos Humanos Sostiene Lo Siguiente
- B La Reserva De Ley Vinculada Al Principio De Legalidad En Materia Penal Y
- A La Guardería Abc No Prestaba Un Servicio Público Federal
- No Asiste Razón A Lo Esgrimido
- A Actualización De Los Delitos Imputados
- Coincidimos Plenamente Con Esa Conclusión
- Veamos Por Qué
- F Posibilidad De Evitación
- Sobre Esos Elementos Podemos Señalar Lo Siguiente
- Tales Motivos De Disenso Son Infundados
- C Pidieron La Revisión De Las Instalaciones Y Se Obtuvieron Las Aprobaciones Respectivas
- Tal Motivo De Disenso También Es Infundado
- C La Bodega Contigua Era Una Auténtica Bomba De Tiempo
- Este Motivo De Disenso También Es Infundado
- Esto También Es Infundado
- A Sobre Alguno De Los Elementos Esenciales Que Integran El Tipo Penal O
- B Individualización De Las Penas
- Al Respecto El Quejoso Sostiene
- B En El Supuesto No Consentido De Que Se Determinara La Legalidad De La Condena Deberán
- Aspectos Que Permiten Analizar La Proporcionalidad De Las Penas
- El Cumplimiento De Esas Obligaciones No Puede Ser De Ninguna Manera Caprichoso O Irracional
- Punibilidad De Los Delitos Culposos Y Gravedad De La Imprudencia
- Análisis Del Caso Concreto
- Iii Las Circunstancias De Tiempo Lugar Modo U Ocasión Del Hecho Realizado
- Vi El Comportamiento Posterior Del Acusado Con Relación Al Delito Cometido Y
- I La Mayor O Menor Facilidad De Prever Y Evitar El Daño Que Resultó
- Iv Si Tuvo Tiempo Para Obrar Con La Reflexión Y Cuidado Necesarios Y
- Lo Anterior Es Sustancialmente Fundado Y Suficiente Para Concederle El Amparo Que Solicita
- Lo Subrayado No Es De Origen
- Sobre Esto Al Resolver El Amparo En Revisión Sustancialmente Se Determinó
- F Garantías De No Repetición
- A Fin De Que Tal Reparación Cumpla Su Finalidad Esta Sala Estima Que La Misma Deberá
- E Los Daños Inmateriales
- I Las Demás Características Particulares
- Dicho Criterio De Interpretación Es Del Tenor Siguiente
- Al Respecto En Dicho Precedente Se Concluyó
- Lo Mismo Sucede Con Las Evaluaciones Psicológicas
- Hubo Menores Que Inicialmente No Presentaron Secuelas Evaluables Pero Posteriormente Sí
- Viii Decisión
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- En Libertad Provisional Bajo Caución
- Solicitud De La Facultad De Atracción
- Que En Lo Conducente Indica
- Artículo Corresponde Conocer A Las Salas
- Artículo El Plazo Para Presentar La Demanda De Amparo Es De Quince Días Salvo
- Véase La Nota
- Ver Pp A Del Fallo Combatido
- B Otorgue Permisos Licencias O Autorizaciones De Contenido Económico
- Véase Pp A De La Sentencia De Segunda Instancia
- Artículo Comete El Delito De Homicidio El Que Priva De La Vida A Otro
- Artículo O Delito Es El Acto U Omisión Que Sancionan Las Leyes Penales
- Ii Los Que Los Realicen Por Sí
- Ibídem P
- Menciona Los Deposados De Y
- Httpsdejraeeslemaaccidente
- A En Favor Del Inculpado O Sentenciado Y
- Argumento Planteado Por El Inconforme Al Ampliar Su Demanda De Amparo
- En Su Dimensión Adjetiva
- Aplicable También Para Quienes Forman Parte De Los Pueblos Originarios
- Identificado Como Crimen Control Model En Inglés
- Cfr Caso Castillo Petruzzi Y Otros Sentencia De De Mayo De Párrafo
- Motivo De Disenso Identificado Con El Inciso G Del Párrafo De Esta Ejecutoria
- Véanse Las Ejecutorias Emitidas Por Los Siguientes Tribunales Colegiados De Circuito
- A Los Previstos En Las Leyes Federales Y En Los Tratados Internacionales
- Son Delitos Del Orden Federal
- Cfr Gimbernat Enrique Op Cit P
- Véanse Los Incisos A Y B Del Párrafo De Esta Ejecutoria
- Diseño Arquitectónico Para Desalojo Del Inmueble En Caso De Siniestro
- Colocación De Extintores En Lugares Estratégicos
- En Muros No Utilizar Materiales Inflamables O Que Produzcan Gases Y Humos Tóxicos
- En La Cual Se Indica
- En El Cual Con Relación A Las Supuestas Salidas De Emergencia Se Determinó Lo Siguiente
- En El Que Se Concluyó Lo Siguiente
- En El Que Se Determinó
- Aunque Es Discutible Que Alguien Pueda Permanecer Totalmente Inactivo
- Ibídem
- Octavo Concepto De Violación
- Cfr Mir Puig Santiago Op Cit P
- Cfr Muir Puig Santiago Op Cit Pp Y
- Ibídem Pp Y
- B De La Víctima O Del Ofendido
- Opinión Consultiva P
- Resuelta En Sesión De De Agosto De
- Niña Ibídem P