CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

  La INCOMPATIBILIDAD de la frase: “fundamental” del Preámbulo; los  arts. 1, en relación a la frase: “…y la ley que emerge de ella”; 3 en el siguiente enunciado: limita al Norte con el Municipio de San Matías, Al Sur con el Municipio de Charagua, al Este con el Municipio de El Carmen Rivero Torrez y al Oeste con el Municipio de San José de Chiquitos”; 4 en el término: “oficial”; 6.I en la frase: “…en la Constitución Política del Estado, las leyes y los que se establezcan…” y II; 7, numeral 9 en la frase: “conforme a reglamentación aprobada”; 8.3; 13.I en la frase: “La ley municipal interna regulará la alternancia en el ejercicio del cargo de concejal entre titulares y suplentes”; 14 parágrafos II, III y IV; 21.I.2 en la frase: “la Alcaldesa o Alcalde Municipal”; 25 numerales 5, 8 en la frase: “…aprobar o rechazar”; 20 en la frase: “…Alcaldesa o Alcalde Municipal y Administración Municipal…”, 22, 23 en el parágrafo: “…Las demandas de inhabilitación de los elegidos y de nulidad de las elecciones podrán ser interpuestas ante el Tribunal Electoral Departamental, cuyo fallo será irrevisable por los Concejales. Si al verificar credenciales el Plenario encontrare motivo de nulidad, remitirá el caso inmediatamente a conocimiento y decisión del Tribunal Electoral Departamental”, 31 y 38; 26.III en la frase: “y alternancia”; 31, parágrafos I, II y III; 37 en cuanto a la frase: “…salvando los casos previstos en la Constitución Política del Estado, la ley y la legislación municipal interna…”; 47 numerales 5, 10, 12, 13 en la frase: “aprobados por el Concejo Municipal”, 15 en la frase: “…de conformidad con los plazos y modalidades establecidas en la Reglamentación Interna del Concejo Municipal”, 18 en la frase: “…o darlo en concesión a terceros, previa autorización del Concejo Municipal…”, 26 en la frase: “…debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal”, 29 solo en el término: “étnica”, 33 en el término “Nacional”, 34 en la frase; “…por sí mismo o con la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras; así como la reasignación del uso del suelo que corresponda”, y 36; 50.II en la frase: “En la contratación de personal, se dará prioridad a los profesionales del municipio”, III; 52 en la frase: “mediante legislación municipal interna”; 53.III; 55 en la frase: “de una terna aprobada por dos tercios del total de los miembros del Concejo Municipal”; 57 en la frase: “La legislación municipal interna establecerá los derechos, deberes, atribuciones y otros que correspondan a dichos actores sociales, de conformidad con la Constitución Política del Estado y la Ley”; 59.II; 66.1 en la frase: “esta Constitución y”; 72.II; 73 parágrafos I, II y III; 74 parágrafos I, II y III; 75.IV; 81; 82.7 en la frase: “personas con capacidades especiales”; 87.II solo en cuanto a la palabra “políticas”; 88.II en cuanto a la palabra: “políticas”; 89.II en la palabra: “políticas”; 102 en la frase: “con capacidades especiales” inserta en el nomem iuris y en los parágrafos I, II y III; 103.I; Disposición Final Primera en la frase: “…a partir de su publicación oficial…”; y, las Disposiciones Finales Segunda y Tercera.