CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 46° FACULTADES DEL ORGANO EJECUTIVO MUNICIPAL.-

El Organo Ejecutivo Municipal, de conformidad con la Constitución Política del Estado y la Ley, tiene facultad Ejecutiva y Reglamentaria en el ámbito de sus competencias. La Facultad Ejecutiva y Reglamentaria, se ejercerán por el Organo Ejecutivo Municipal conforme a la presente Carta Orgánica Municipal.