CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

todo el contenido íntegro de la señalada disposición, deviene en incompatible con texto constitucional.

La cartas orgánicas de las ETA, son de cumplimiento obligatorio, por lo que, en sujeción al art. 275 del CPE, se concluye que la puesta en vigencia de una norma institucional básica, opera a partir del referéndum aprobatorio, por lo que la indicada Disposición Final Segunda del proyecto de Carta Orgánica, debió insertar en su redacción, que trabajará en la emisión de las disposiciones legales de su desarrollo, desde la vigencia de dicha norma básica; razón por la cual, todo el contenido íntegro de la señalada disposición, deviene en incompatible con texto constitucional.