CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 57° DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL.-

La ciudadanía a través de las organizaciones de la sociedad civil y en forma individual podrá participar en todos los procesos de elaboración de políticas públicas, de planificación, seguimiento y evaluación de la gestión pública municipal. La legislación municipal interna establecerá los derechos, deberes, atribuciones, y otros que correspondan a dichos actores sociales, de conformidad con la Constitución Política del Estado y la Ley.