CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

I.1. Contenido de la consulta

Mediante memorial presentado el 23 de junio de 2014, cursante a fs. 178 a 179, en mérito al art. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE), que establece que “cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”, y al art. 61.III de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” (LMAD), que define a la carta orgánica, como la norma a través de la cual se perfecciona el ejercicio de su autonomía municipal, el presidente del Concejo Municipal de Roboré remitió a éste Tribunal Constitucional Plurinacional, el referido Proyecto para su respectivo control de constitucionalidad, adjuntando al efecto la documentación que respalda el proceso de elaboración de la señalada norma básica institucional.