CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Artículo 61° DEFENSOR MUNICIPAL.-

El Defensor Municipal o Comunal tiene a su cargo la defensa de los derechos individuales y colectivos consagrados en la presente Carta Orgánica Municipal, a favor de las personas y organizaciones de la sociedad civil que habitan y tienen asiento en la jurisdicción del municipio. La legislación municipal interna, determinará su constitución y atribuciones.