CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Fragmento 119

Realizado el respectivo control previo de constitucionalidad del numeral 31 del art. 25, se concluye que el estatuyente de manera inapropiada e inadecuada hace referencia al “Tribunal Constitucional y Consejo de la Judicatura”, como instancias para presentar demandas, sin considerar que dichas instituciones son extintas y no responden al nuevo orden constitucional, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de dicho numeral.