CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

aspecto por el cual corresponde declarar la incompatibilidad de los señalados parágrafos del art. 14.

El principio procesal de conservación de la norma, prevista en el art. 1 del CPCo, establece que el Tribunal Constitucional Plurinacional en todo momento optará por la interpretación que sea compatible con el texto constitucional; entonces, efectuado el control previo de constitucionalidad de los citados parágrafos II, III y IV del art. 14 del proyecto de Carta Orgánica, se concluye que los mismos contradicen el texto constitucional, por lo que, el estatuyente deberá reformular dichos contenidos en el marco del art. 286 de la CPE; aspecto por el cual corresponde declarar la incompatibilidad de los señalados parágrafos del art. 14.