CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL Plurinacional 0099/2015

Fecha: 08-Abr-2015

al parágrafo VI del art. 50

Finalmente, en cuanto al parágrafo VI del art. 50, corresponde precisar que si bien dicho articulado no fue hallado como discordante con el texto constitucional; empero para su respectiva compatibilización e interpretación armónica, debe entenderse además que la contrastación conforme las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, no solo es alcanzable a los consultores individuales de línea, sino también a los consultores por producto, articulado que si bien omite insertar en su redacción, no implica de ningún modo su incompatibilidad.