DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 137. (Régimen Agropecuario Productivo)

1.    Garantizar la soberanía y seguridad alimentaria nutricional de conformidad a la normativa nacional vigente, resguardando y preservando la salud integral de la población, priorizando la producción y el consumo de alimentos de origen agropecuario producidos de manera sostenible en la jurisdicción del municipio.

2.    Es deber del Gobierno Autónomo Municipal, fomentar y fortalecer el desarrollo integral agropecuario a través de planes, programas y proyectos, en equilibrio y armonía con la naturaleza, para generar valor agregado en los productos agrícolas y pecuarios y su comercialización en los mercados nacionales e internacionales.

3.    El Gobierno Municipal, en el marco de las leyes vigentes desarrollará, políticas, planes, programas y proyectos para la preservación de la biodiversidad y ecosistemas, considerando los principios, valores productivo-culturales con el fin de fomentar la producción y reproducción de la flora y fauna para contribuir a la protección y el equilibrio armónico del medio ambiente.

4.    En el marco de las políticas, planes y programas del nivel central del Estado y Gobierno Autónomo Departamental, el Gobierno Autónomo Municipal promoverá el desarrollo de planes de uso, conservación, manejo integral y aprovechamiento sustentable de Cuencas Hidrográficas, para garantizar la seguridad y soberanía alimentaria, considerando el aprovechamiento y explotación de áridos y agregados en sujeción a la normativa vigente.

5.    Diseñar e implementar políticas públicas municipales de desarrollo productivo sostenible para generar empleo digno, competitividad, capacitación técnica, infraestructura productiva, mecanización, transformación,  comercialización  y en armonía con la naturaleza, con criterios de equidad de género, generacional e intercultural.

6.    Formular y ejecutar planes, programas y proyectos de infraestructura productiva y de industrialización de productos estratégicos para el acceso a mercados locales, departamentales, nacionales e internacionales y promoción de compras estatales, en favor de las unidades productivas, precautelando el abastecimiento del mercado interno y promoviendo la asociatividad de las unidades productivas.