DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 37. (De las Sesiones ordinarias y extraordinarias)

II.       Las sesiones del Pleno del Concejo Municipal son ordinarias y extraordinarias, debiendo convocarse obligatoriamente de manera pública y por escrito, el Reglamento General fijará el número de sesiones ordinarias por semana y realizará las sesiones extraordinarias cuantas veces sean necesarias dentro de la jurisdicción municipal y en comisiones permanentes y especiales, de acuerdo a Reglamento General, debiendo considerarse dos sesiones ordinarias por distrito en una gestión municipal.