DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 22. (Procedimiento de la elección de autoridades)

La Alcaldesa o Alcalde y las/los Concejalas/es serán elegidas/os mediante sufragio universal por mayoría simple, en listas separadas, respetando la equidad de género y alternancia entre mujeres, hombres, incorporando candidatos jóvenes en sus listas. En caso de constituirse distritos indígena originario campesino se someterá a la normativa vigente.