DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014

Fecha: 10-Ene-2014

Artículo 46.I.4 (Defensor del Ciudadano),

Artículo 46.I.4 (Defensor del Ciudadano), I. Se crea la oficina del Defensor del Ciudadano o Ciudadana, misma que atenderá, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado, todos los reclamos y peticiones de resguardo jurídico de los derechos reconocidos por esta Carta Orgánica y la Constitución Política del Estado; sus atribuciones son: (…) 4. Otros que se establezcan en la normativa departamental y nacional”.